Chile: Ministerio del Trabajo revisa dictamen legal en materia de negociación colectiva

El 12 de junio de 2023, el Departamento de Trabajo («DL») emitió una opinión legal según la cual un empleado que se retira de un sindicato con el que tiene un convenio colectivo en vigor puede participar en negociaciones colectivas en un sindicato afiliado posterior. Deben tenerse en cuenta las siguientes características:

Según fallos anteriores, DL negó a los empleados el derecho a negociar colectivamente si estaban sujetos al convenio colectivo aplicable de otro sindicato.

Bajo el nuevo fallo, tal prohibición no se aplica. Por lo tanto, el trabajador puede incorporarse a un proceso colectivo sindical bajo una nueva afiliación sindical. Esto significa que DL considera inaceptable discriminar entre los empleados que están cubiertos por convenios colectivos con otros sindicatos y los que no lo están. De hecho, DL argumenta que ambos tipos de empleados deberían gozar de los mismos derechos (como el derecho a participar en asambleas, el derecho a hablar, el derecho a votar y, en general, el derecho a realizar todas las acciones inherentes al proceso de negociación).

Punto de acción principal

En una opinión legal del 12 de junio de 2023, el Departamento de Trabajo reconsideró su opinión anterior sobre el derecho de los empleados a negociar colectivamente con un sindicato que no sea el convenio colectivo al que están obligados.

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